5 Jun 20

Instrucciones sobre la atención presencial en el proceso de reapertura de las oficinas de Aduanas e II.EE.

La AEAT ha publicado la NI DTORA 02/2020 de 2 de junio por la que se dictan instrucciones sobre la atención presencial durante la desescalada en el área de Aduanas e II.EE.

Esta nota informativa define las instrucciones para afrontar la progresiva reincorporación de los funcionarios de la Agencia Tributaria al trabajo presencial, iniciada a partir del 26 de mayo, y completa el aviso publicado en su página web, definiendo los servicios prioritarios que requieren atención presencial al público:

  • Despacho Aduanero, tanto físico (incluyendo toma de muestras) como documental. Cuando haya que realizar reconocimientos físicos en las instalaciones del operador, su titular deberá adoptar las medidas de protección adecuadas para que el reconocimiento se pueda realizar de forma segura para todo el personal involucrado. Viajeros.
  • Aportación y devolución de avales u otro tipo de garantías de comercio exterior, así como relaciones con Impuestos Especiales.
  • Firma y sellado de certificados de origen. Se procederá tanto al sellado de nuevos certificados como a la expedición de originales de los firmados electrónicamente durante el estado de alarma.
  • Firma de otros documentos originales (certificados CITES, cuadernos TIR/ATA, INF, etc.).
  • Visitas a establecimientos relacionadas con autorizaciones aduaneras
  • Se realizarán las visitas necesarias en relación a solicitudes presentadas por los interesados (tanto nuevas solicitudes como modificaciones).
  • En relación con los Impuestos Especiales, entrega de marcas fiscales así como aquellas que requieran la visita a establecimientos censados de Impuestos Especiales de fabricación, siempre que su realización sea imprescindible para el proceso productivo de dicho establecimiento (desnaturalización, precintos, etc.) y aquellas susceptibles de producir efectos favorables los contribuyentes (destrucciones, informes previos a autorizaciones, etc.).
  • En relación con las actuaciones de comprobación de los tributos que son de su competencia, se consideran servicios presenciales esenciales, la práctica de visitas o la celebración de reuniones concertadas cuyo contenido no pueda sustituirse por otra forma de comunicación, ya sea en las oficinas de la AEAT o, en su caso, fuera de ellas.

Estos servicios esenciales se prestarán preferentemente mediante cita previa, que se podrá solicitar a través de las vías habituales:

  • Por teléfono, en los números 901 200 351 o 91 290 13 40 en horario de lunes a viernes de 9 a 19 horas (teléfonos NO son válidos para pedir cita para la campaña de Renta 2019).
  • Por Internet, en el enlace de Cita previa
  • A través de la app de la Agencia Tributaria
  • Las actuaciones relativas a procedimientos de comprobación e investigación que requieran la presencia del obligado tributario o de su representación, se realizarán previa cita en los términos indicados en las comunicaciones remitidas a dichos obligados.

El resto de las funciones y tareas del ámbito de competencias del Departamento de Aduanas e II.EE. se continuarán realizando de forma remota con medios no presenciales. La reapertura de los servicios de atención al público se realizará en la fase II, en cada provincia.

Con carácter previo a la realización de las actuaciones que deban llevarse a cabo en locales y establecimientos sujetos a control aduanero o de Impuestos Especiales, el funcionario responsable de la actuación solicitará a través de un correo electrónico a sus titulares, que le faciliten en el plazo más breve posible la información necesaria para planificar las pertinentes medidas de protección frente al COVID.

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